Texto oficial
Artículo 8.o Son atribuciones y deberes de Director General:
a) Elaborar el plan anual de trabajo del Servicio;
b) Nombrar al personal de planta y a contrata;
c) Administrar el patrimonio del Servicio y disponer de sus fondos en conformidad a las leyes y reglamentos;
d) Proponer al Consejo Consultivo Técnico de Estadística los estudios y proyectos que considere necesario en relación con su labor y, hacer cumplir sus acuerdos;
e) Determinar la normalización y periodicidad de las publicaciones del Servicio y fijar sus precios, como también los de las impresiones y trabajos que se ejecuten por cuenta de terceros;
f) Proporcionar sin cargo, en caso necesario, dichas publicaciones; y
g) Dirigir el cumplimiento y ejecución de todas las funciones y atribuciones del Servicio y en general, resolver todos los asuntos de orden técnico y administrativo.