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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 326

Fija el regimen de retiro y montepio para el personal de la linea aerea nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5433 / 5868795.

Texto oficial

Artículo 1.o El personal de pilotos de la Línea Aérea Nacional quedará afecto exclusivamente al régimen de retiro y montepío establecido en el decreto con fuerza de ley 209, de 1953, con las modificaciones que establecen los artículos siguientes.