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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 326

Fija disposiciones relativas a cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5434 · idParte: 7120652

Texto oficial

Artículo 11º.- Las cooperativas tendrán una duración indefinida, salvo aquellas que por su naturaleza se pacten para cumplir una finalidad temporal.