Texto oficial
Artículo 91º.- Las cooperativas escolares no distribuirán sus beneficios económicos los cuales se dedicarán a la constitución de un fondo de reserva y un fondo de desarrollo.
Fija disposiciones relativas a cooperativas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5434 / 7120745.