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Artículo 127 del Decreto Con Fuerza de Ley 326

Fija disposiciones relativas a cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5434 / 7120783.

Texto oficial

Artículo 127º.- La prestación de servicios que cualquiera persona natural o jurídica haga a las sociedades regidas por el presente decreto con fuerza de ley quedará exenta del 50% del impuesto a la cifra de negocios, establecido en el Decreto Supremo 2772, de 18 de Agosto de 1943.