Saltar al contenido

Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 335

Establece funciones y estructura del consejo de fomento e investigacion agricolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5460 · idParte: 7120920

Texto oficial

Artículo 9.o El Consejo de Fomento e Investigación Agrícolas estará exento del pago de toda clase de impuestos, tasas, derechos y contribuciones, incluídos los notariales y de Conservadores de Bienes Raíces, con excepción de los derechos, impuestos y tasas que se perciban por las Aduanas.