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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Modifica el decreto con fuerza de ley que creo el instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5468 · idParte: 5869121

Texto oficial

Artículo 2.° Regirán para el Instituto de Seguros del Estado las reglas contenidas en los artículos 13 y 157 del D. F. L. 259.