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Artículo 173 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5469 · idParte: 8738792

Texto oficial

Artículo 173°.- Las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el presente Estatuto son sin perjuicio de las que se contengan en leyes especiales. Sin embargo, las normas contenidas en leyes especiales y que obsten al ejercicio libre de una profesión, no impedirán a los empleados con título profesional universitario expedir informes en materias de su especialidad.