Texto oficial
Artículo 183°.- La petición de renuncia consiste en la notificación escrita al empleado de presentar ésta dentro del plazo que se le señale, bajo apercibimiento de declararse vacante el cargo.
Estatuto administrativo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738805.