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Artículo 210 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738835.

Texto oficial

Artículo 210°.- Agotada la investigación, el Fiscal declarará cerrado el sumario y formulará los cargos o solicitará el sobreseimiento del o de los inculpados. Esta obligación deberá cumplirla en un solo acto y dentro del plazo de 5 días a contar desde la fecha de término de la investigación. No obstante podrá sobreseerse en cualquier estado del sumario respecto de un inculpado cuya inocencia aparezca de los antecedentes.