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Artículo 211 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5469 · idParte: 8738836

Texto oficial

Artículo 211°.- Cuando el Fiscal proponga el sobreseimiento se remitirán los antecedentes al Jefe Superior del Servicio, quien podrá aprobar o rechazar esta proposición. En el caso de rechazarla dispondrá que se cumplete la investigación dentro del plazo fatal de 10 días, o solicitará que la Contraloría General continúe el sumario.