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Artículo 294 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738925.

Texto oficial

Artículo 294°.- Para formar parte del personal docente-directivo de las Escuelas Normales, se requiere: a) Para el cargo de Director de la Escuela Normal Superior, tener quince años de servicios efectivos en la Enseñanza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes; b) Para ser Director o Subdirector de una Escuela Normal Común y Subdirector o Inspector General de la Escuela Normal Superior tener diez años de servicios en la Enseñanza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes, y c) Para ser Inspector General de Escuela Normal Común y Director de los Cursos Libres de Perfeccionamiento, tener ocho años en la Enseñánza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes.