Texto oficial
Artículo 304°.- Exclúyese de lo dispuesto en los artículos 291, 298 y 301, en primera categoría, al Jefe del Departamento Administrativo de la respectiva Dirección. Exceptúanse de la 2° categoría, en los mismos artículos, el cargo de Jefe de la Sección Escalafón y Propuestas.