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Artículo 339 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738974.

Texto oficial

Artículo 339°.- Los funcionarios que obtengan calificación insuficiente y que se encuentren en el extranjero, deberán alejarse del servicio dentro del plazo improrrogable de sesenta días.