Saltar al contenido

Artículo 344 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738979.

Texto oficial

Artículo 344°.- Los viáticos consistirán, para los funcionarios del Servicio Exterior -presupuesto en dólares- en un subsidio equivalente a doce dólares diarios, como base más el medio por mil de su sueldo anual, y se ajustarán, en lo demás, a las normas generales que rigen en el territorio nacional.