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Artículo 377 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5469 · idParte: 8739014

Texto oficial

Artículo 377°.- El personal afecto a este título será de libre designación o contratación, según corresponda, de los Jefes Superiores de Servicios. Además, podrán hacer estas designaciones o contratos los Jefes debidamente facultados dentro de cada Servicio