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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 340

Modifica planta de empleados civiles aumentandola en oficiales tecnicos auxiliares del escalafon del servicio tecnico especial

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5472 · idParte: 8988748

Texto oficial

Artículo 6°. Suprímense los siguientes cargos de la planta y Escalafones que se indican: PLANTA DE EMPLEADOS CIVILES (Armada) a) Servicio de Informaciones. 1.- Un Traductor, grado 10°. c) Servicio de Dibujantes. 1.- Un Dibujante, grado 8°. m) Servicios Generales. 1.- Un Técnico Balístico, grado 3°. 1.- Un Secretario Técnico de la Dirección de Armamentos, grado 3°. 1.- Un Empleado Técnico del Estado Mayor General de la Armada, grado 3°. 1.- Un Empleado Técnico del Estado Mayor General de la Armada, grado 9°. 1.- Un Criptógrafo del Estado Mayor General de la Armada, grado 10°. 1.- Un Empleado Técnico del Estado Mayor General de la Armada, grado 11°. ITEM 10/01/01.- OTROS SUELDOS 12.- Doce Subingenieros (Vacantes).