Texto oficial
Artículo 2°.- Suprímese, en el artículo 41° de la letra f) del decreto con fuerza de ley N° 213, las expresiones "de Aduana" que figura a continuación de la palabra "empleados".
Modifica el decreto con fuerza de ley n° 213, relacionado con el servicio de explotacion de puertos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5499 / 5869256.