Texto oficial
Artículo 5°.- Agrégase el siguiente artículo transitorio al decreto con fuerza de ley N° 213, de 22 de Julio de 1953:
"Artículo 258°.- Exímese del requisito de edad y de concurso al personal del Servicio de Explotación de Puertos que cumpla con los requisitos de estudio para Oficial de Aduana y que se desempeña actualmente como empleado de Aduana".