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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 354

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 213, relacionado con el servicio de explotacion de puertos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5499 / 5869258.

Texto oficial

Artículo 4°.- Agrégase al final del inciso segundo del artículo 60° del decreto con fuerza de ley N° 213, las expresiones "una vez que quede a firme".