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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 361

Establece que el subsecretario del ministerio de salud publica y prevision social integrara el consejo de la caja de retiros y de prevision social de los ferrocarriles del estado; prorroga hasta la fecha que indica el plazo a que se refiere el inciso 1° del articulo 59° de la ley 10.343, de 28 de mayo de 1952.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5513 · idParte: 9034499

Texto oficial

Artículo 5.o. El presente decreto con fuerza de ley regirá desde el 5 de Agosto de 1953.