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Artículo 7 BIS del Decreto Con Fuerza de Ley 382

Ley general de servicios sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5545 / 8627517.

Texto oficial

Artículo 7º bis.- A los bienes afectos a la concesión les es aplicable lo dispuesto en el número 17 del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil.