Texto oficial
Artículo 27. El Director rendirá a la Contraloría General la cuenta, correspondiente a las operaciones que ejecute, de acuerdo con las normas vigentes.
Fija texto de la ley orgánica de la direccion general de aprovisionamiento del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5546 / 5869471.