Texto oficial
Artículo 26. Las Tesorerías no podrán pagar facturas por adquisiciones hechas en contravención a la presente ley y su reglamento.
Fija texto de la ley orgánica de la direccion general de aprovisionamiento del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5546 / 5869470.