Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 411

Fija estatuto del personal de la superintendencia de valores y seguros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5579 / 5869590.

Texto oficial

Artículo 6°.- Los funcionarios a contrata servirán sus empleos por el plazo fijado en la correspondiente resolución de nombramiento o por el período durante el cual fueren necesarios sus servicios, si en aquella no se fijare plazo. En ningún caso dicha contratación podrá exceder del 31 de Diciembre de cada año. Deberán necesariamente ser asimilados a alguno de los grados de la escala de sueldos mensuales de los empleados de Planta, de acuerdo con sus cometidos o funciones.