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Artículo 4 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 451

Crea la secretaria ejecutiva para los asuntos de la asociacion latinoamericana de libre comercio y aprueba su estatuto orgánico

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5587 / 8988868.

Texto oficial

Artículo 4.o- Concédese al personal que sea encasillado en las plantas a que se refiere el artículo 16.o el derecho a acogerse a los beneficios de la ley número 10.986 y sus modificaciones posteriores. Este derecho deberá ejercitarse por los interesados dentro del plazo de seis meses desde la fecha de su encasillamiento o designación en las plantas respectivas.