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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 591

Fija las normas de caracter general relativas a la ejecucion, reparacion y mantencion de obras publicas fiscales a que se refiere el art. 52° de la ley n° 15.840

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5591 / 9034636.

Texto oficial

CAPITULO VII (ARTS. 25-27) Duración, Suspensión y Extinción de la Concesión Artículo 25°.- Las concesiones a que se refiere el presente decreto con fuerza de ley, tendrán el plazo de duración que determine el decreto de adjudicación, sin que en ningún caso pueda ser superior a cincuenta años. El plazo se computará desde la fecha de la total tramitación del decreto indicado.