Saltar al contenido

Artículo 36 de la Ley de Cuentas Corrientes

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5594 / 8627627.

Texto oficial

Artículo 36.- El cheque en comisión de cobranza caduca Dto. 3777/43, por la muerte del tenedor o del librador, siempre que el Hac., Art. 36. hecho se haya puesto por escrito en conocimiento del librado por cualquiera persona interesada.