Texto oficial
Artículo 179.- Las multas que se impongan por
infracción a las disposiciones de este Código y sus
reglamentos o a las resoluciones de la autoridad sanitaria
serán a beneficio fiscal.
Código sanitario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5595 / 8655998.