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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 789

Fija normas sobre adquisicion y disposicion de los bienes municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5596 / 9034661.

Texto oficial

Artículo 3°- El Alcalde, en representación de la Municipalidad, podrá solicitar, de acuerdo a las normas legales pertinentes, el saneamiento de los títulos de dominio de bienes raíces que la Municipalidad esté poseyendo, concurriendo los demás requisitos legales.