Texto oficial
Art. 2.o El Ministerio de Relaciones Exteriores, tendrá el personal siguiente:
Subsecretario.
Asesor Jurídico.
Director del Departamento Diplomático.
Director del Departamento Consular.
Director del Departamento Tacna y Arica.
Jefe de la Sección Clave.
Jefe de la Sección Informaciones, Introductor de Diplomáticos, Contador-pagador, Secretario del Ministro, Oficial de Partes, Oficial Revisor de Cuentas Consulares, Oficial de los Asuntos Panamericanos y de la Liga de las Naciones.
Bibliotecario y Ayudante del Asesor Jurídico, Archivero, Oficiales de Clave, Oficiales Primeros, Oficiales Segundos, Oficiales Auxiliares, supernumerarios, Traductor e Intérprete, Calígrafo, Encuadernador, que paga sus ayudantes, Mayordomo, Portero 1.o, Porteros Segundos.