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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2100

Fija la organizacion de los tribunales para empleados particulares y obreros (trabajo y vivienda).

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5624 / 5870254.

Texto oficial

4.o Los jueces tendrán por territorio jurisdiccional el del departamento en que funcionen y los Tribunales de Alzada el de la Corte de Apelaciones correspondiente, conforme a la ley respectiva.