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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 2100

Fija la organizacion de los tribunales para empleados particulares y obreros (trabajo y vivienda).

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5624 / 5870266.

Texto oficial

14. La prueba documental podrá producirse en cualquier momento del juicio antes de la setencia. El Tribunal podrá decretar de oficio el reconocimiento por peritos, la inspección personal del Tribunal y cualquiera otra medida encaminada a la verificación de los hechos controvertidos.