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Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 2100

Fija la organizacion de los tribunales para empleados particulares y obreros (trabajo y vivienda).

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5624 / 5870296.

Texto oficial

41. Desde la promulgación del presente decreto quedarán sin aplicación las disposiciones que sean contrarias a este decreto, en las leyes y reglamentos que traten de estas materias. El Presidente de la República dictará los reglamentos necesarios para el cumplimiento del presente decreto.