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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499625.

Texto oficial

Artículo 54. El sello del Oficial Civil deberá ser incluído en el inventario de bienes fiscales de la Oficina y se dejará constancia especial de su entrega cuando cambie la persona que desempeña el cargo. Esta disposición se aplica también a los sellos actualmente en uso.