Texto oficial
Artículo 138. Se entenderán faltar así mismo el padre
que ha sido privado de la patria potestad por decreto, y la
madre que por su mala conducta ha sido inhabilitada para
intervenir en la educación de sus hijos.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499715.