Texto oficial
Artículo 171. Son requisitos esenciales de la
inscripción de matrimonio: la designación del lugar y
fecha en que se celebre; el nombre y apellidos paterno y
materno de cada uno de los contrayentes, los nombres y
apellidos de los testigos, y su testimonio, bajo juramento,
de no existir impedimentos ni prohibiciones para celebrar el
matrimonio y sobre el lugar del domicilio y residencia de
los contrayentes, la firma de los contrayentes, la de los
testigos y la del Oficial del Registro Civil.
La impresión digital suple la firma en los casos
autorizados por la ley.