Saltar al contenido

Artículo 269 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499856.

Texto oficial

Artículo 269. El poder judicial es un mandato por el cual el mandante confiere al mandatario o procurador la facultad de representarlo en juicio.