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Artículo 385 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5627 · idParte: 8499987

Texto oficial

Art. 385. Podrá, sin embargo, el Conservador excluir al funcionario que hubiere sido objeto de medidas disciplinarias durante los últimos cinco años, o hubiere permanecido menos de dos en el cargo que actualmente desempeña.