Texto oficial
Art. 384. El Conservador hará en todo caso figurar en
la terna al más antiguo de los empleados del más alto
grado que se hubiere opuesto al concurso.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499986.