Texto oficial
Art. 423. Los nombramientos para cargos de Oficiales
Civiles que se hicieren en carácter de interinos o
suplentes, sólo darán derecho al pasaje estrictamente
personal.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8500026.