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Artículo 6 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8500064.

Texto oficial

Art. 6.o Los sueldos fijados por el presente Reglamento comenzarán a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.