Texto oficial
Artículo 5° La Caja estará sometida a la vigilancia,
control e inspección de la Superintendencia de Bancos,
pudiendo recurrir ésta a la Ley General de Bancos en todo
cuanto sus disposiciones sean aplicables para el efecto.
Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087026.