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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2325

Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5630 · idParte: 8988950

Texto oficial

Art. 4.° La Dirección General será ejercida por el Director de la Caja de Crédito Popular y se denominará Director General del Crédito Popular y de Casas de Martillo, y tendrá el carácter de jefe de oficina.