Texto oficial
Art. 7.° En caso de ausencia o imposibilidad
transitoria, el Director General será reemplazado por el
Secretario General, si no designare otro subrogante.
Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5630 / 8988953.