Saltar al contenido

Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 2325

Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5630 · idParte: 8988965

Texto oficial

Art. 19. Las Inspecciones y Delegaciones estarán bajo el control de un funcionario dependiente de la Dirección General que se denominará Inspector General de Casas de Préstamos.