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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 2325

Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5630 · idParte: 8988980

Texto oficial

Art. 40. Los empleados rendirán fianza nominal o hipotecaria a satisfacción de la Dirección General, por una suma equivalente a uno o más años de sueldo, según la naturaleza de sus cargos.