Texto oficial
Art. 41. Para los ascensos y promociones, el personal
será sometido a un sistema de calificaciones que
establecerá la Dirección General y cuya aplicación
estará a cargo de los jefes de oficina.
Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5630 / 8988981.