Texto oficial
Art. 4.o En casos especiales el Gobierno podrá autorizar la adquisición, fabricación o enajenación de determinados elementos sin la intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado.
Decreto que crea la direccion de aprovisionamiento del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5634 / 8255580.