Texto oficial
Art. 11. El Director de Aprovisionamiento rendirá a la Contraloría en conformidad a la ley y reglamento, la cuenta correspondientes a las operaciones que ejecute.
Decreto que crea la direccion de aprovisionamiento del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5634 / 8255587.